Mandatos y Poderes

Poder en Escritura Pública

El poder conferido por escritura pública, habilita al apoderado a realizar actos que por su entidad y naturaleza requieren mayores formalidades. Mediante un Poder o Mandato, una persona física o una persona jurídica, delega en otra u otras, la facultad de actuar en su nombre y representación, permitiéndole firmar por el interesado todo tipo de documentos, públicos, privados e incluso declaraciones juradas y documentos obligacionales.

    Se pueden otorgar poderes generales, que son aquellos que permiten la realización de un número amplio de actos jurídicos en nombre del poderdante. El ejemplo más común es el de los poderes generales de administración y disposición, que son aquellos que permiten gestionar todos los bienes y patrimonio de una persona de forma ilimitada.

    Se pueden otorgar poderes específicos, para la realización de ciertos actos jurídicos concretos. Como ejemplo tenemos el poder para representar al poderdante en una compraventa concreta, o para la aceptación de una herencia.

    El poder otorgado siempre admite la posibilidad de ser modificado, así como también la revocación del poder en su totalidad.

    El Escribano puede verificar si un poder notarial que se le presenta está vigente en determinado momento o ha sido revocado y, por tanto, es ineficaz.

   Los poderes pueden ser otorgados para:

– La representación en temas relacionados con pleitos (juicios) y cobranzas.

– Realizar actos de administración sobre los bienes de su representado.

– Actos de disposición se faculta al apoderado para actuar con todas las facultades que tendría el titular de un bien, sea mueble o inmueble, pudiendo disponer libremente del mismo.

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Preguntas Frecuentes

¿Cual es el horario que manejan?

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Lunes a Viernes 10 a 19hrs. No trabajamos los feriados.

¿Qué métodos de pago aceptan?

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¿Tiene costo agendar asesoramiento presencial?

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¿Qué hace un escribano?

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¿Puedo cambiar de escribano/a?

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¿A quién le corresponde designar al Escribano en una compraventa?

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¿Quién debe afrontar los gastos de escrituración en una compraventa?

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Para otorgar un documento ¿es necesario firmar en presencia del Escribano?

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