Automotores

Prendas y Cancelación de Prendas

La prenda es una garantía para el pago de deudas ante instituciones financieras o particulares. Esto sirve de protección para el acreedor que prestó dinero o financió el precio del vehículo adquirido, en otras palabras, es una “garantía del pago de la deuda”, para el eventual caso de que el deudor no pueda seguir cumpliendo con su obligación de pago.

   Si esto ocurre, el acreedor prendario, tiene una acción legal contra el deudor, y el vehículo automotor que se estableció como garantía.

   Por lo general esta situación se presenta cuando la persona solicita y obtiene un crédito para adquirir un vehículo. Al hacer el préstamo, el acreedor prendario establece en el contrato, que el auto comprado quede en condición de prenda, por lo que se utilizará como garantía de pago. Ahora bien, una vez que la deuda sea saldada en su totalidad, es posible tramitar el levantamiento de la prenda del auto, mediante un documento de Carta de Pago y Cancelación de Prenda.

   Ambos contratos, tanto la prenda como la cancelación de prenda son inscriptas en el Registro de la Propiedad Mobiliaria que corresponda según el caso.

¿Se puede comprar un vehículo en prenda?

    Teniendo en cuenta qué es un vehículo en prenda, y las limitaciones al dominio que supone, ¿se puede vender un vehículo bajo esta figura legal?

    Aunque se puede comprar un vehículo en prenda, para ello, se requiere la autorización del acreedor prendario, e implica que la obligación financiera es traspasada al nuevo propietario, hasta que pague la deuda. Solo ahí es posible liberar la garantía y proceder a la cancelación de la prenda.

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¿A quién le corresponde designar al Escribano en una compraventa?

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¿Quién debe afrontar los gastos de escrituración en una compraventa?

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Para otorgar un documento ¿es necesario firmar en presencia del Escribano?

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