Civil & Familia

Separación de Bienes – Disolución de Sociedad Conyugal

    Durante el matrimonio, en cualquier momento, cualquiera de los cónyuges, o ambos, pueden solicitar sin expresar la causa, la disolución de la sociedad conyugal de bienes.

    Es un proceso judicial, cuyo trámite puede realizarlo el Escribano, que requiere el emplazamiento a acreedores, mediante publicación de edictos en diarios, a acreedores por el término legal. Esto implica una forma más larga y onerosa, en comparación con las capitulaciones matrimoniales (previas al matrimonio), de establecer una excepción al régimen legal del matrimonio.

   Una vez que el Juez decreta la separación de bienes, el Escribano la inscribirá en el Registro Nacional de Actos Personales, comenzando así a desplegar sus efectos jurídicos, entre los cónyuges y respecto de terceros.

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Preguntas Frecuentes

¿Cual es el horario que manejan?

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¿Qué métodos de pago aceptan?

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¿Tiene costo agendar asesoramiento presencial?

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¿Qué hace un escribano?

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¿Puedo cambiar de escribano/a?

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¿A quién le corresponde designar al Escribano en una compraventa?

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¿Quién debe afrontar los gastos de escrituración en una compraventa?

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Para otorgar un documento ¿es necesario firmar en presencia del Escribano?

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