Promesa de Compraventa

La promesa, es un acuerdo de voluntades, o contrato, por el cual se pactan las cláusulas y plazos referentes al contrato futuro con la persona con la que realizará el negocio jurídico.

    La misma puede ser llevada a cabo tanto en documento privado con certificación de firmas o en Escritura Pública, las cuales se inscribirán en el Registro de la Propiedad correspondiente al lugar donde se encuentre en el bien inmueble.

La promesa de compraventa es sugerida por el profesional cuando la parte vendedora tiene documentación en trámite, pendiente de finalización, como ser una sucesión o regularización de obras, o cuando el precio de adquisición se difiera en cuotas, estableciendo formas y plazos hasta finalizar las obligaciones pendientes por alguna de las partes. Finalizadas estas obligaciones pendientes se llevará a cabo la Escritura de Compraventa.

En principio la documentación requerida será:

  • Títulos de propiedad del bien
  • Caracterización urbana vigente
  • Planos
  • Impuesto de contribución inmobiliaria al día
  • Primaria abona por el año en curso
  • Cédulas de las partes intervinientes
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Preguntas Frecuentes

¿Cual es el horario que manejan?

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Lunes a Viernes 10 a 19hrs. No trabajamos los feriados.

¿Qué métodos de pago aceptan?

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¿Tiene costo agendar asesoramiento presencial?

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¿Qué hace un escribano?

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¿Puedo cambiar de escribano/a?

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¿A quién le corresponde designar al Escribano en una compraventa?

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¿Quién debe afrontar los gastos de escrituración en una compraventa?

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Para otorgar un documento ¿es necesario firmar en presencia del Escribano?

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